El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso de una empresa agrícola contra la orden de la Comunidad Autónoma que le exigía una indemnización de 97.600 euros por verter salmuera al Mar Menor, cantidad equivalente a casi 64 piscinas olímpicas. La sentencia de la Sala de lo Contencioso confirma así la sanción impuesta.
La resolución judicial se basa en el informe del perito designado por la Fiscalía en las diligencias informativas abiertas por la contaminación de la laguna. Según este informe, entre 2012 y 2016 la empresa vertió al medio ambiente 159.400 metros cúbicos de salmuera sin depurar. Otro informe, elaborado por la Administración regional, consideró acreditado que esos vertidos supusieron el cinco por ciento del total de los efectuados.
Alegaciones de la empresa
En su recurso, la demandante sostuvo que no estaba demostrado que hubiera contaminado el Mar Menor, ya que no había realizado los vertidos que se le atribuían. Añadió que, incluso si se admitiera haberlos hecho, estos no serían determinantes de la contaminación que sufre la laguna salada. También argumentó que la contaminación era “difusa” y que en ella habían contribuido varios factores, no solo los relacionados con las explotaciones agrícolas de la zona.
Sin embargo, la Sala de lo Contencioso considera acreditados los vertidos basándose en las numerosas pruebas incorporadas a las actuaciones. Entre ellas, destaca que la explotación disponía de una desalobradora que carecía del preceptivo permiso de la Confederación Hidrográfica del Segura.
La sentencia supone un respaldo a la actuación de la Comunidad Autónoma, que había exigido la indemnización a la compañía. El fallo confirma que la empresa deberá hacer frente al pago de la multa por los daños causados al entorno del Mar Menor.
Este caso se enmarca en los esfuerzos por proteger el Mar Menor, una laguna costera que ha sufrido graves episodios de contaminación en los últimos años. Las autoridades han intensificado los controles sobre las actividades agrícolas e industriales de la zona para evitar nuevos vertidos.
La empresa agrícola, cuya identidad no ha sido revelada, tendrá que abonar la cantidad fijada, que se destinará a reparar el daño ambiental causado. La decisión del TSJRM sienta un precedente en la aplicación de sanciones por vertidos ilegales en esta área protegida.
El fallo subraya la importancia de cumplir con las normativas medioambientales y de obtener los permisos necesarios para cualquier actividad que pueda afectar a los ecosistemas. La falta de autorización de la desalobradora fue un factor clave en la resolución del caso.
Con esta sentencia, se refuerza la vía judicial para exigir responsabilidades a quienes contaminan el Mar Menor, un espacio natural de gran valor ecológico y económico para la región de Murcia. La cuantía de la multa, cercana a los 100.000 euros, refleja la gravedad de los hechos y el volumen de salmuera vertida.
La noticia ha tenido repercusión en la opinión pública, que sigue con atención los esfuerzos por recuperar la salud de la laguna. Las organizaciones ecologistas han valorado positivamente la decisión judicial, aunque insisten en la necesidad de reforzar la prevención y la vigilancia.
En definitiva, la ratificación de esta multa supone un paso más en la lucha contra la contaminación del Mar Menor y envía un mensaje claro a las empresas agrícolas sobre las consecuencias de incumplir la legislación ambiental. La sentencia es firme y la empresa deberá asumir el coste económico de sus acciones.
