Condena de dos años por obligar a su pareja a llevar el hiyab en Mallorca

La Audiencia de Palma ha impuesto una pena de dos años de prisión y 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad a un hombre de origen magrebí por someter a su compañera sentimental a un régimen de control y violencia en Mallorca. El tribunal de la Sección Segunda lo declara autor de tres delitos de maltrato y uno de amenazas, aunque la condena no implicará su ingreso en prisión.

Un control asfixiante

Durante la convivencia, que se extendió entre febrero y noviembre de 2020, el acusado impuso a la víctima un clima de dominación permanente. Le prohibía salir con sus amigas, continuar con sus estudios e incluso levantarse de la mesa antes que él. También la obligaba a llevar el hiyab, el pañuelo tradicional que cubre cabeza y cuello, y controlaba tanto su teléfono móvil como sus movimientos. La mujer tenía además vetado acudir al psicólogo.

La fiscalía sostuvo que el hombre recurría a la fuerza física cuando la víctima le contradecía o se negaba a obedecerle. Al menos en dos ocasiones, una en septiembre y otra a principios de noviembre de 2020, le propinó varios puñetazos en la cara, el pecho y el estómago, llegando a agarrarla del cuello.

Amenazas y silencio

El procesado amenazó de muerte a su pareja con una frase que quedó recogida en la sentencia: "Tienes suerte de estar en España, si estuviéramos en Marruecos ya te hubiera matado". A causa del miedo, la mujer no acudía al médico ni relataba lo ocurrido a nadie. No fue hasta mediados de noviembre de 2020 cuando, tras ser amedrentada, decidió pedir ayuda a su padre. En enero de 2021, un juzgado de la isla dictó una orden de protección a su favor.

La víctima sufrió episodios de ansiedad que requirieron asistencia facultativa y su derivación a una psicóloga. El tribunal apreció la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y fijó una indemnización de 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Rebaja de la petición inicial

La fiscalía reclamaba en un principio una condena que sumaba 30 años de cárcel, ya que el acusado también estaba acusado de dos delitos de agresión sexual. Estos cargos fueron retirados durante la vista oral y las acusaciones alcanzaron un acuerdo con la defensa. El hombre reconoció los hechos y aceptó las penas impuestas.

La Audiencia Provincial ha suspendido la ejecución de la condena con la condición de que el condenado no vuelva a delinquir, realice un curso de formación y sensibilización en materia de violencia de género, cumpla con los trabajos comunitarios y respete la orden de alejamiento y comunicación respecto a la víctima.

El fallo pone fin a un caso que refleja la violencia ejercida mediante el control extremo y la imposición de normas sobre la vida cotidiana de la mujer, según los hechos declarados probados por el tribunal.